2.02.2014

AGONICAS TAUTOLOGIAS

AGÓNICAS TAUTOLOGIAS

§  El Triángulo de la Discordia
§  El fallo de la Haya, la definitiva delimitación marítima
§  Deconstrucciones del lindero empírico
o    Responsabilidades del Partido Militar
§  Críticas a la perspectiva nacionalista chilena -
§  Talasocracia - Guerra de Puertos en el Siglo XXI
o    Arequipa y el sur peruano el impacto del fallo.

Ciertamente el 27 de enero de 2014 registra una cúspide histórica; en palabras rescatadas del discurso de Ollanta, ha sido el triunfo de la paz puesto que dos Estados han disuelto una diferencia en el marco del Derecho Internacional, y ambas naciones tienen certeza de su real enclaustre.

Y las verdades sean dichas, el fallo expone que la Declaración de 1952 no es un Tratado de Límites Marítimos y el Convenio de Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954 es insuficiente para consolidar la frontera marítima en el ratio de 200 millas pero que en efecto el espíritu de las partes en aquella época era esbozar una frontera, ello bajo el concepto de “acuerdo tácito”, sumado a operaciones posteriores como son las Actas de 1968 y 1969, es por ello que la Corte se irroga el derecho de trazar la frontera marítima sobre la base de un lindero que aunque precario o empírico fue útil entre las partes para diversos efectos.

La pregunta que queda en el aire y se desprende del tenor del fallo es: ¿Por qué el equipo peruano no impugnó la validez de los instrumentos pesqueros D52 y el CZEFM 54?, ¿fue un error técnico o una fórmula de omisión deliberaba a fin de no entrar en la parte sustantiva de estos instrumentos…?

En ese sentido, no fueron desatinados, ni anti-peruanos algunos extremos de la carta abierta dirigida a la Cancillería del Perú por parte de Álvaro Vargas Llosa en el año 2012, porque los extremos expuesto en párrafo anterior reflejan los temores o vaticinios de su carta en lo concerniente a refrendar al Hito 1 como inicio de la frontera, mantener el paralelo -hasta las 80 millas- y el statu quo del Mar Territorial Chileno[1]

Lamentable es para el Perú, el hecho que la CIJ al delimitar la frontera marítima sobre el lindero empírico nacido del Convenio 54, refrenda la condena de la Región de Tacna a 0 millas en el extremo último de sus costas; mas el error, valgan verdades anida en la gestión del Dictador Odria que no tomo reservas, ni comprendió la real dimensión geográfica de la zona sur del Perú, y asumió al paralelo como una división práctica cual si el mar fuese una parcela, fatalidad que es refrendada cuando en la gestión del Dictador Velasco se proceden a los trabajos de la comisión mixta para definir el lugar de la edificación de los faros en las cercanías al Hito N° 1. El Dictador Velasco estaría en mayor falta, porque entre sus consignas de reivindicación nacionalista buscaba recobrar Arica, más fue irónicamente en su “patriótica gestión” que se materializo el paralelo, lo que cerceno el mar de Grau y enclaustro a Tacna; téngase presente que es la Marina de Guerra quien ilustra a la Cancillería sobre las cuestiones técnicas de la demarcación.

Y en relación al Dictador Velasco, saltan algunas preguntas: ¿Definieron las previsiones para el resguardo de los derechos del Sur Peruano, y cuál fue la reserva que se tomó al trazar el lindero desde el Hito 1 y no desde el Punto de frontera 266 (Concordia)?, pueda ser que asumamos por cierta la buena fe del Perú al aceptar el trazado del lindero con fines pesqueros en el marco del Acuerdo del 54 en un punto distinto a la real orilla del mar; empero ciertos silencios inoportunos del “partido militar” permitieron que arraigue con mayor fuerza la lógica de una misma identidad entre el Hito n° 1 y el Punto Concordia; aspecto que reitera la ironía en el “nacionalismo” del Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas.

Y como puede deducir, en estas cavilaciones busco culpables, los actores que en “buena fe” construyeron y legaron para la posteridad del Perú Republicano aquel “lindero empírico” que hoy se consolida irremediablemente en la base de la frontera marítima definitiva en virtud de la inapelable  e ilustrada decisión de la CIJ, y no cabe duda al afirmar que es el viejo partido de las FF.AA. quien carga con la responsabilidad y la problemática que deriva de aquel, téngase en cuenta que fueron las dictaduras las que gobernaron el Perú en la mayor parte del siglo XX, esto en particular va en correlato a las consideraciones expuestas sobre Odria y Velasco.

En igual tenor es necesario repasar en correlato a la lectura del fallo, las reflexiones de la histórica presencia y la dinámica de Arica sobre los mares en los que ejerce real actividad en contraste con la ausencia  y/o reducida dinámica por parte del Sur Peruano, situación que en parte alimenta la decisión de la Corte al reconocer el mar territorial y la zona contigua hasta las 80 millas. Esto es una arista vergonzosa para la administración del Gobierno Central que siempre ha carecido de la real compresión sobre la identidad del Perú como una nación ribereña y persiste en la miopía de ver al Pacifico a través de su “único y emblemático Puerto del Callao”, observemos entonces que de nada le ha valido al Perú su argumentación jurídica despojada de una realidad concreta donde se refleje, esto es una presencia dinámica en los mares del sur.

Es reiterativo el equivocado pensamiento en ambas naciones que el fallo fue “en equidad”, pero no es así, el fallo fue en Derecho incluidos los votos adversos contra el criterio básico de la sentencia, solo basta repasar la lectura del Dictamen Final por parte del Presidente de la Corte y luego analizar el voluminoso documento, esto de por sí, ya es una muestra inequívoca que en el fallo no ha reinado un criterio salomónico sino de razonabilidad, “la guagua no está muerta”. Hablar de la equidistancia no debiera llevar al consuelo de una “lógica equitativa”, ni confundirse en una misma idea (equidad ≠ equidistancia); el concepto de equidad es en extremo “relativizado en lo subjetivo” por parte de quienes pretenden ensombrecer el tenor del veredicto, más aun cuando los Estados expresaron a inicios del proceso que no se adscribían a una solución salomónica sino al “fallo en Derecho”

Chile se mintió así mismo afirmando que el diferendo peruano era gaseoso y artificioso, y encara el fallo con una resistencia disimulada, busca maquillar las implicancias del fallo en contraste con su lógica elemental sobre la intangibilidad del D52 y el C54, incluso algunos ningunean la titularidad del triángulo externo; el fallo en un primer análisis parece reforzar la letanía legalista del país del sur, sin embargo, Chile no termina de entender que al no ser la Declaración del Santiago un Tratado de Limite Marítimos, el segundo instrumento (Convenio 54) solo materializa un lindero precario. La soberbia y los recelos hacia el Perú, le conducen a condicionar el cumplimiento del fallo con exigencias como la suscripción de CONVEMAR, una declaración expresa de no tener más pendientes y la adecuación de la constitución del 93 con miras a resguardar sus derechos en la zona económica exclusiva que ahora corresponde a Perú. El innato desdén chileno alimenta una retorcida razón que reinterpreta el fallo para irrogarse la titularidad sobre el triángulo terrestre y plantean exigencias como el derecho de pesca a lo largo del paralelo en 200 millas por la plena vigencia del C54 (Expuesto por el congresista Tarud),

Entonces su letanía legalista debe ser encarada con algunas afirmaciones contundentes, se observa del fallo en especial de los votos disonantes con ratificar aquel lindero precario y la idea del acuerdo tácito entre las partes, que la frontera marítima solo se consolida con el dictamen de la CIJ y no antes, esto implica que el lindero pudo haber sido de 12 millas y no de 80 millas, siendo la dinámica de Arica lo que ayuda a una proyección mayor del paralelo con el consecuente resguardo de las riquezas pesqueras y en ausencia de una presencia marítima del otro lado de la frontera con igual vigor. El hecho que el fallo refrende el “lindero empírico” no resta a la verdad que es una división injusta y desigual, muestra de un equivocado concepto feudal y de un egoísmo que embarga los insuflados nacionalismos de ambos países. La CIJ ha dicho que el trazo del lindero es "atípico"


Chile asegura que el triángulo terrestre se diluye en su territorio desde 1930, cuando se edificó el Hito 1 sumado al hecho que desde ahí parte el inicio de la frontera marítima (el paralelo). El triángulo terrestre se convierte en el triángulo de la discordia, pero no debería causar mayor problemática debido a su corta extensión; el ego herido en ambos Estados los conducirá a un debate que tarde o temprano distraerá fuerzas de aquello a lo que estamos llamados a prestar verdadera atención, y esto no es materializar la definitiva frontera entre las naciones sino la integración 

Por tanto el fallo no está sujeto a condicionamientos, y el triángulo terrestre le corresponde al Perú, no se incorpora a territorio chileno en mérito al Tratado de 1929 y lo establecido por la Corte en el punto 174 del fallo que habla sobre el Hito n° 1 con la baja marea y la no coincidencia del final de la frontera terrestre con la frontera marítima, y en última tautología el triángulo externo es peruano y no ha sido rechazado por la CIJ sino que se diluye al aceptar la tesis peruana sobre la proyección de sus costas.

Es importante visualizar el área de mar incorporado al Perú, preciso indicar que no es bueno hablar de mar recuperado, puesto que esto va en consonancia con una tesis que aunque principista o chauvinista reclama la soberanía del Perú en una extensión de mar que va más allá de la línea equidistante propuesta en la demanda, y pretende rescatar y reivindicar a Tacna de su enclaustramiento en 0 millas; lo cierto es que mucho antes de la perdida de Arica, desde que comenzó la fijación por el Puerto del Callao como única puerta de acceso al Perú, hemos perdido de facto el derecho a hablar de supuestas reivindicaciones soberanas que en la práctica jamás se ejercieron, no olvidemos que Arica fue la ciudad que vinculaba a Tacna y a Bolivia con el mar, y su lamentable confiscación determino también este resultado. El imperdonable abandono de las riberas por parte del Estado Peruano es el pecado que no hace propicia la tesis reivindicativa sumado a las cavilaciones expuestas sobre los errores del “partido militar”. Urge exorcizarnos del resentimiento e invertir nuestros esfuerzos en el desarrollo nacional, conjurados todos en comprender y materializar todas las potencialidades del territorio.

Las reflexiones del pasado nos conducen a reafirmar que el sur peruano encara un reto histórico, debe existir a partir de la fecha un antes y un después de la dinámica que ejerce su ribera con el “Mar de Grau”, El par portuario Matarani-Ilo cuenta ahora con un teatro operativo de 200 millas, esto implica que la fortaleza de lo recuperado radica no solo en la riqueza pesquera sino en la  potencialidad portuaria. Existe el interés por sacar beneficios de puntos en la costa con una gran profundidad lo que favorece el calado de barcos de gran tamaño sin necesidad de un costoso dragado (la calera de Islay en las cercanías a Matarani), no olvidar también la propuesta y el interés de China de hacer un puerto en Arequipa (Punta Corío) y/o Moquegua (Ilo) además de un tren que vincule nuestra costa con Bolivia, Argentina y Brasil en la pretensiosa ruta de la soja hacia el Pacifico.

Si hubiere voluntad política por una efectiva presencia portuaria y pesquera en la zona sur del Perú, esto pasa por exorcizar al Gobierno Central de su platónica y egoísta relación con el Callao; para comprender esta crítica repasemos en la anécdota del desdén del par portuario Ilo Matarani por parte de Brasil en el marco del proyecto de la interoceánica-sur por ser insuficiente el nivel de logística para el nivel de negocios que pretenden. 

El interés geopolítico de China de construir un puerto en la zona sur también explica la potencialidad de la que gozamos que se ve grandemente favorecida por el interés Boliviano de mudar sus exportaciones del litoral chileno al nuestro, un chantaje con miras forzar su salida al mar con soberanía. Empero la frustración de no realizar su anhelada reivindicación pudiera divorciarlos aún más de Chile y el sur peruano por defecto es la puerta de consuelo.

Hay quienes dicen que Chile pretende emular la Talasocracia fenicia o londinense para ejercer una influencia en las costas del Sur Pacifico; la Talasocracia es una fórmula de gobierno de ultramar que pretende ejercer una política exterior con el dominio de los mares, dominio que se materializa con una dinámica comercial entre las costas próximas al mar objeto de influencia. En el Perú tenemos nuestras propias lecciones como son las culturas: Tumpis, Chimu, Paracas, Lambayeque, Vicus, Moche; si en el pasado ejercimos empírica y tempranamente la Talasocracia es posible reformularla y reinsertarla en este juego geo-estratégico con miras a nuestra articulación en el Mercado del Pacifico.


Ergo la real definición de la frontera marítima es uno de los capítulos que se escribe en el Siglo XXI sobre la Guerra de Puertos. La región de Arequipa está tardando en comprender el impacto del fallo en su esfera de influencia, tarda en articularse a esa dinámica y no toma nota de las lecciones pasadas. Arequipa vive de espaldas a su realidad rivereña, la más extensa del territorio nacional pero poco aprovechada.



[1] Según la CONVEMAR, el mar territorial es de 12 millas y luego continua el mar presencial, zona contigua y zona económica exclusiva.

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